312 I Propuesta para la Igualdad en el acceso a las Prestaciones entre Trabajadores a Tiempo Completo y Parcial
La Seguridad Social ha remitido a los agentes sociales una propuesta que garantiza el principio de igualdad en el acceso a las prestaciones para todos los trabajadores, tanto a tiempo parcial como a tiempo completo, tras la sentencia del Tribunal Constitucional que consideraba que “el peaje” de años exigidos para acceder a la pensión en el caso de los trabajadores a tiempo parcial era excesivo y vulneraba por tanto este principio.
El documento recoge una fórmula que busca cumplir este principio constitucional y, al mismo tiempo, exigir el mismo esfuerzo a un trabajador a jornada completa y a un trabajador a jornada parcial. El objetivo es evitar que se produzcan efectos desproporcionados entre las cotizaciones realmente efectuadas por el trabajador y la cantidad de la prestación que recibe.
Para ello, la propuesta no sólo se centra en el periodo de carencia (tiempo de cotización mínima que se exige para cobrar una prestación), también propone modificar las normas sobre el cálculo y determinación de las prestaciones.
– Los trabajadores a tiempo parcial no tendrán que demostrar 15 años cotizados para acceder a la pensión.
– El periodo de carencia será proporcional a la jornada de trabajo
Coeficientes aplicables
Como materia común a todas las pensiones, el primer objetivo es regular la forma en la que se reconocería el periodo de cotización acreditado por el trabajador.
Para ello y en primer lugar, se propone aplicar el denominado coeficiente de parcialidad. Este coeficiente equivaldría a una “bolsa de horas” que acumularían los trabajadores a tiempo parcial en función de su jornada hasta sumar jornadas completas. Este coeficiente serviría para equiparar los días cotizados con los de los trabajadores a tiempo completo.
Una vez obtenido ese dato se aplicaría el coeficiente global de parcialidad que sería el cociente entre los días cotizados acreditados por el coeficiente anterior y el total de días en alta.
La carencia necesaria para obtener una pensión sería la carencia general aplicable, reducida por la aplicación del coeficiente global de parcialidad. Por ejemplo, si una persona ha trabajado al 50% de la jornada, le correspondería de tiempo de carencia siete años y medio.
La pensión de jubilación
Para que los trabajadores a tiempo parcial puedan acceder a una pensión de jubilación, la propuesta sustituye los 15 años cotizados que se exigían hasta ahora como periodo de carencia por 15 años de alta en el Sistema. Una vez acreditado ese requisito se aplicaría el coeficiente de parcialidad para calcular el total de días cotizados que se habrían de acreditar por el trabajador.
Por tanto, se tendría derecho a pensión con el mismo número de años en alta laboral independientemente del porcentaje de jornada trabajada, equiparando con ello el derecho a pensión de los trabajadores en jornada completa con los trabajadores a tiempo parcial, dando cumplimiento a la sentencia.
En lo que respecta a la base reguladora se aplicarían las normas generales, y para aquellos hechos causantes que se produjeran en 2013, se correspondería con el promedio de las bases de cotización del interesado en los últimos 16 años.
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