139 I PERMISO DE LACTANCIA. Disfrute Acumulado Por el Padre.

Resumen de la sentencia del TSJ de Castilla y León de fecha 12 de Julio de 2012.

Permiso de Lactancia, Disfrute acumulado por el padre. Trabajadores que estando empleados en la misma empresa son padres de un niño. Disfrute por la madre del permiso de maternidad solicitando posteriormente excedencia por cuidado de hijo. Solicitud por el padre, durante el disfrute de dicha excedencia del permiso por lactancia acumulada siendo denegado por la empresa. Ambos progenitores tienen derecho al permiso, pero esto no se mantiene si uno de ellos no trabaja, siendo este el supuesto presente, dada la situación de suspensión del contrato de la madre como consecuencia de la excedencia previa concedida para el cuidado del menor.

En primera instancia el padre demanda a la empresa CAMPOFRIO FOOD GROUP SA, declarándose su derecho a disfrutar de un permiso retribuido y acumulado de tres semanas. Contra dicha sentencia, interpuso recurso de suplicación la empresa, entendiendo que no procedía el permiso acumulado por lactancia concedido, dado el estado de excedencia de la madre.
Establece el TSJ que tanto en el momento de la solicitud del permiso acumulado por el actor, como en el acto del juicio, la madre se encontraba en situación de excedencia causal por cuidado de hijo. Es decir, su contrato se encontraba en suspenso, a todos los efectos legales procedentes, conforme la artículo 45. 1. d del ET.

Junto a ello, el artículo 37. 4 del ET, en base a la reclamación instada, recoge en su párrafo tercero que “Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen. ” Pues bien, una cosa es que ambos progenitores tengan derecho indistintamente al disfrute del reiterado permiso de lactancia, aún trabajando por cuenta propia o ajena, y otra muy distinta es que se mantenga ese derecho en caso de que no trabajen, cual es, precisamente, el supuesto presente, dada la situación de suspensión del contrato de trabajo de la madre, como consecuencia de la excedencia previa concedida, precisamente, para cuidado del hijo, ya que el mencionado artículo 37. 4. del ET requiere expresa y literalmente, que ambos trabajen. Al no ser así y por ello el actor no tiene derecho al permiso acumulado de lactancia solicitado. The two courses are moved here can you do my homework for me targeted toward people with a basic knowledge of programming.

Hace referencia el TSJ de Castilla y León en esta sentencia a la sentencia del TSJ de Castilla La Mancha de fecha 25-03-99 en la que en un caso idéntico se pronuncia en los siguientes términos:
“El artículo 37. 4 del ET tras regular la duración del permiso de lactancia y la forma de su ejecución, indica que <>; expresión de la que, sin duda, se infiere que no es posible solicitar el permiso en cuestión por uno de los padres, si el otro no trabaja y esta situación es la que se produce en el caso que examina. ”
Continua el TSJ de Castilla La Mancha: “Es evidente que durante el periodo de suspensión la esposa del recurrente queda exonerada de la obligación de trabajar (artículo 45. 2 del ET) y tiene derecho a un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente (artículo 133 quarter de la LGSS); lo que impide al esposo y padre del menor solicitar al propio tiempo el permiso por lactancia contemplado, precisamente porque su esposa no trabaja.

Fuente: Revista CEF Trabajo y Seguridad Social – Legislación y Jurisprudencia

¿QUIERES LA SENTENCIA? HAZ CLICK >>>>>>


Si te ha gustado esta información y crees que puede ser de interés o ayuda a otra persona, utiliza los botones para compartir en tus redes sociales.  Sígueme en , , , YouTube o.


Para ti trabajador que necesitas asesoramiento, hacer una consulta o resolver cualquier duda laboral he creado el servicio 


.

Post by Juan Antonio

José Mª trabaja resolviendo los problemas laborales de PYMES y Trabajadores. Si le sigues comprobarás que reducirá tu incertidumbre y te dirigirá hacia tus objetivos, ya que su compromiso es poner a tu alcance los servicios de un Asesor Laboral Experto.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *