280 I ¿Qué pasaría si cogieras a tu Jefe por el brazo y le dijeras “vente para afuera” con el propósito de enfrentarte a él?
Esto es lo que hizo un trabajador de una empresa de Mamparas de Murcia en el año 2011.
No hubo agresión, aunque el trabajador despedido hizo gestos con el puño con la intención de propinar un puñetazo a su Jefe.
Lo hizo en las instalaciones de la empresa y ante testigos (por lo que consta como hecho probado en la sentencia), y ante esta situación la empresa tomó la decisión de despedirlo.
El despido fue calificado como improcedente en la sentencia de instancia (en el Juzgado de lo Social). La primera sentencia dió la razón al trabajador, en ella el Juez consideró que no había habido gravedad en la conducta del trabajador y que el despido no estaba justificado.
La empresa recurre esta sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia y éste da de nuevo la razón al trabajador despedido. Recoge la sentencia que “los hechos probados no revisten la gravedad suficiente para adoptar por la empresa demandada la sanción mas grave que es la de despido, de conformidad con la jurisprudencia del TS, entre ellas las sentencias de 24-9-90 y 16-5-91 , pues no consta que existiera una agresión física ni psíquica, ni que le amenazara con romperle el cuello u otra amenaza similar de muerte o de grave quebranto físico al jefe de taller.”
Si te interesa la sentencia la puedes leer haciendo click aquí >>> Quiero leer la sentencia.
Ahora os invito a reflexionar sobre este hecho y os pregunto:
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¿Qué pensáis vosotros de lo sucedido?
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¿Cómo calificaríais la conducta del trabajador despedido?
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¿Qué habríais hecho vosotros si fuerais el empresario?
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¿Creéis que la empresa se precipitó en su decisión de despedir al trabajador?
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¿Son los tribunales a veces demasiado “permisivos”?
Dejad vuestros comentarios y opiniones sobre esta sentencia o contadnos algún caso del que hayáis tenido conocimiento cuyo desenlace sea igual o no, al del trabajador de esta empresa de Murcia.
Espero que este post te haya sido de ayuda. No dejes de acudir a mi cuando tengas dudas o problemas. Para contactar conmigo AHORA haz click aquí.
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Opino que en un país como España, lo sorprendente es que no se repita demasiado este tipo de actuaciones por parte de los trabajadores ya que en muchas empresas, los jefes son los AMOS Y SEÑORES del lugar y los empleados unos simples peones obligados a bailar al sonido que toca.
Una pena!
Felicito a los jueces por sus sentencias tan acertadas.
Solo una cosa que apuntar, en el orden social solo existe “unica instancia”, no hay primera instancia…
Gracias por tu comentario Ana. Corregido el error.